Fundación benéfica
Una fundación es una Institución jurídica integrada, a grandes rasgos, por un conjunto de bienes (fincas, casas, masías...) legados por una persona, cuyo usufructo o aprovechamiento produce unas rentas que deben dedicarse a conseguir unos fines determinados.
El denominado patronato se encarga de controlar y administrar dichos bienes con el fin de que se cumpla lo dispuesto por la fundadora. El patronato está formado por los “patronos”, esto es, personas que suelen ser generalmente autoridades de tipo civil o religioso. Como las fundaciones se constituían a través de un testamento, era muy frecuente que se designase al sacerdote albacea o ejecutor de las decisiones de la persona testadora y, a la vez, administrador de los bienes, así como presidente del patronato que se pudiera constituir posteriormente.
Los legados testamentarios y las limosnas para pobres
Este tipo de instituciones fueron muy habituales durante los siglos modernos, relacionadas con legados testamentarios. Todas tenían su razón social en los templos parroquiales, por lo que fueron relacionadas directamente con la propia institución de la iglesia católica. Con la desamortización de Mendizabal desaparecieron, pues los bienes vinculados se asimilaron a los propios que poseía la iglesia.
Es difícil separar la triple vertiente religiosa, social y familiar de ciertas fundaciones pías. La institución de limosnas para casar doncellas, constituciones de dotes o patronatos de huérfanas son variadas en cuanto a la calidad de las destinatarias: doncellas de determinada edad, doncellas casaderas, familiares o no del testador, religiosas o laicas, criadas, huérfanas, pobres,... Pero el objetivo primordial es el de dotar de una cierta cantidad de dinero a mujeres en edad de casarse, de tal forma que se propicie, en primer lugar, el matrimonio como acto mediante el cual la mujer será tutelada y alejada de los pecados a los que se inclinaría su especial naturaleza; y, en segundo lugar, se trataría de favorecer un matrimonio en igualdad de rentas o de la misma posición social. En Teruel no son excepción estos legados, la mayoría instituidos entre los siglos XVI y XVII.
La estructura de estas obras pías es, por lo general, similar. Marion Reder señala las características de éstas en Málaga13: un capital inicial que produce una renta anual se aplica a dotar jóvenes; jóvenes que deben acreditar su condición de huérfanas, de pobreza, de honestidad; de nacimiento en la circunscripción adecuada; jóvenes que se sortean: las elegidas dispondrán de la cantidad hasta el matrimonio, mientras que otras deben casarse ese año o pierden la dote; las cantidades se asignaban para contraer matrimonio o para profesar. El acto de petición se acompañará de la escritura de bautismo y del árbol genealógico hasta remontarse al fundador.
Existieron varios legados para casar doncellas, como por ejemplo el establecido por el racionero Alonso Martínez en Cella en 1614.
Las fundaciones laicales
En la segunda mitad del siglo XIX se recuperaron estas iniciativas, pero dejaron de estar vinculadas directamente a la iglesia (aunque los párrocos solían estar presentes) para constituirse como entidades independientes. Se trataba de personas, generalmente adineradas y de creencias religiosas profundas, que se sentían afectadas y preocupadas por la situación calamitosa en el ámbito económico y/o cultural de otros vecinos de su entorno y pretendían solucionarla mediante la cesión de su patrimonio o parte de él.
Las dos fundaciones más importantes del valle del Jiloca fueron fundadas en la localidad de Monreal del Campo, por deseo de dos mujeres pertenecientes a antiguos linajes nobiliarios y que, a pesar de lo que pudiera pensarse, no fueron coetáneas: Juana del Corral y Azlor y Ricarda Gonzalo de Liria. Estas mujeres fundaron las siguientes instituciones:
Bibliografía
- CUTANDA PEREZ, Eloy (2002): "Los libros de limosna para casar doncellas: el ejemplo del racionero Alonso Martínez en Cella (1614-1837)", en Xiloca nº 29, pág. 107-136 [Texto completo]