Diferencia entre revisiones de «Cortes Españolas»

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La Corona siempre se reservó el derecho a nombrar a determinados cargos públicos aragoneses (virrey, fiscales, baile, etc.), determinados cargos en la corte madrileña y, sobre todo, en las colonias americanas. Algunos vecinos del valle del Jiloca ejercieron importantes cargos dentro del Estado, como por ejemplo:
La intervención de los políticos del valle del Jiloca en la política nacional se realizó a través de los poderes ejecutivo y legislativo. Unos participaron en las instituciones políticas que emanaban del estado, mientras que otro fueron representantes políticos elegidos a partir de 1808 en las sucesivas Cortes Españolas.
 
== Poder ejecutivo. La Corona y el gobierno ==
Durante el Antiguo Régimen, la Corona siempre se reservó el derecho a nombrar a determinados cargos públicos aragoneses (virrey, fiscales, baile, etc.), determinados cargos en la corte madrileña y, sobre todo, en las colonias americanas. Algunos vecinos del valle del Jiloca ejercieron importantes cargos dentro del Estado, como por ejemplo:


*[[Ximeno de Lobera, Jaime]]. Natural de Ojos Negros y virrey de Aragón
*[[Ximeno de Lobera, Jaime]]. Natural de Ojos Negros y virrey de Aragón
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== Cortes Españolas ==
A partir de 1808, vinculados a los partidos politicos y a los sucesivos gobiernos nacionales, también podemos destacar a:
Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las confrontaciones.
 
En las primeras Cortes celebradas en Cadiz (1810-1814) destacaron:
*[[Antillón Marzo, Isidoro de]], natural de Santa Eulalia del Campo.
*[[Garcés de Marcilla, José|José Garcés y Marcilla]], regidor, Diputado por Calatayud.
*[[Martínez, Juan Francisco|Juan Francisco Martínez]], arcediano de Daroca, catedrático de Prima y de Cánones.
*[[Gonzalo, Jaime]], natural de [[Monreal del Campo]].
*[[Garcés de Marcilla, José]], diputado por la ciudad de Calatayud
*[[Calvo Mateo, Lorenzo]], diputado en las Cortes de 1843.
 
Conocemos los nombres de otros diputados de los siglos XIX y XX:
*[[López Quílez, Marcial Antonio]], natural de Daroca. Diputado en las Cortes de 1823
*[[García Hernández, Ramón]]. Diputado en las Cortes de 1872 y 1873.
*[[Rivera Julián, Carlos]], natural de Calamocha. Diputado en las Cortes de 1881
*[[Ballesteros Contín, Manuel]]. Tres veces diputado a Cortes por el distrito de Daroca.
*[[Bernad Valenzuela, Justino]], natural de Navarrete del Río. Diputado en las Cortes de 1907, 1914, 1918 y 1920.
*[[Rivera, Carlos]], Natural de Calamocha. Diputado en las Cortes de 1867
*[[Beltrán Ibáñez, Adolfo]], Natural de Calamocha. Diputado en las Cortes por la circuscripción de Valencia en 1907, 1920 y 1923.
*[[Cabello Rubio, Francisco]], Natural de Torrijo del Campo, diputado en las Cortes de 1840, 1841 y 1843.
*[[Iranzo Enguita, Vicente]]. Natural de Cella, diputado en las Cortes de 1931 y 1933.
*[[Azorín Izquierdo, Francisco]]. Natural de Monforte de Moyuela, diputado en las Cortes de 1931 por la provincia de Córdoba, donde se había afincado.
*[[Navarro Rubio, Mariano]]. Natural de Burbáguena. Diputado en las Cortes de 1946, 1949, 1955, 1958, 1961, 1964 y 1967.
*[[Lanzuela Marina, Santiago]]. Nacido en Cella y diputado en las Cortes de 1999,2003 y 2007.
*[[Tomas Vicente Espejo y Giral]], natural de Calamocha. Diputado a Cortes en 1836.
 
También podemos destacar, por su papel destacado dentro de la política:
*[[Soto Sanz de Larrea, José María de]], natural de Santa Eulalia
*[[Soto Sanz de Larrea, José María de]], natural de Santa Eulalia
*[[Escriche Martín, Joaquín]], de Caminreal
*[[Escriche Martín, Joaquín]], de Caminreal
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*[[Jimeno Velilla, Arsenio]]. Dirigente socialista natural de Fuentes de Jiloca
*[[Jimeno Velilla, Arsenio]]. Dirigente socialista natural de Fuentes de Jiloca


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:* [[Cortes de Cádiz]] (1810-1814).<ref>Durante la [[Guerra de la Independencia Española|Guerra de Independencia]]. Redactaron la [[Constitución española de 1812]]. Se reunieron en [[San Fernando (Cádiz)]] (1810), en la propia ciudad de [[Cádiz]] (1811) y en [[Madrid]] (1814).El nombre que se da a la institución es siempre ''Cortes'' (Título III: ''De las Cortes''), excepto para referirse a las que la han redactado, que nombra como ''Cortes generales y extraordinarias''- Se distinguen las ''Cortes ordinarias'' de las ''Cortes extraordinarias'' en el Capítulo XI: ''De las cortes extraordinarias''.</ref>
== Poder legislativo. Cortes Españolas ==
:* [[Cortes del Trienio]] (1820-1823, [[Trienio Liberal]]).<ref>Según la Constitución de 1812. Se reunieron en Madrid, en tres legislaturas (1820, 1821 y 1822) y a causa de la intervención francesa ([[Cien Mil Hijos de San Luis]]) se trasladaron a [[Sevilla]] y [[Cádiz]] (1823).[http://www.artehistoria.jcyl.es/histesp/contextos/6921.htm Artehistoria]</ref>
[[Imagen:Mariano Rubio.jpg|thumb|Busto de Mariano Rubio en Daroca]]
:* [[Cortes del reinado de Isabel II]] (1833-1868, [[reinado de Isabel II]]).<ref>Todas las sesiones y legislaturas tuvieron lugar en [[Madrid]]. Las de 1833 fueron convocadas por [[Fernando VII de España|Fernando VII]] según el procedimiento del Antiguo Régimen, para jurarla como princesa de Asturias, y las siguientes según las distintas constituciones de la época ([[Estatuto Real de 1834]], reposición de la Constitución de 1812, [[Constitución española de 1837]] y [[Constitución española de 1845]]). Introdujeron la [[bicameralidad]]. La denominación en el Estatuto Real es ''Cortes'' o ''Cortes generales del reino''.</ref><ref>La denominación en la Constitución de 1837 es simplemente ''Cortes'' (Título II: ''De las Cortes''), excepto en el preámbulo, que denomina ''Cortes generales'' a las que la han ''decretado y sancionado''.</ref><ref>La denominación en la Constitución de 1845 es simplemente ''Cortes'', y en el Preámbulo ''Cortes del Reino''. Las cortes de 1854, que redactaron una constitución que no llegó a entrar en vigor (la [[Constitución de 1856]]) reciben el nombre de ''Cortes Constituyentes''.</ref>
Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las instituciones parlamentarias.
:* [[Cortes del Sexenio Democrático]] (1868-1874, [[Sexenio Democrático]]).<ref>Redactaron la [[Constitución española de 1869]]. Bicamerales. Las cortes constituyentes fueron las primeras elegidas por sufragio universal masculino directo en España. Inicialmente eligieron como forma de Estado la monarquía ([[Amadeo I de Saboya]]), y posteriormente la república ([[Primera República Española]]), aunque no llegaron a finalizar la redacción de una constitución republicana.</ref><ref>La Constitución las denomina siempre ''Cortes'', y a veces, para referirse a la bicameralidad, utiliza la expresión ''Cuerpos Colegisladores''. A la institución que la ha redactado se denomina ''Cortes constituyentes''.</ref>
 
:* [[Cortes de la Restauración]] (1876-1923, tras la [[Restauración borbónica en España]] y hasta la [[dictadura de Primo de Rivera]]).<ref>Aprobaron la [[Constitución española de 1876]]. Bicamerales. El nombre que se da a la institución es siempre ''Cortes'' (Título II: ''De las Cortes''), excepto en el preámbulo, donde, para referirse a las que la han aprobado (''en unión y de acuerdo'' con él) las llama ''Cortes del Reino actualmente reunidas''.</ref>
 
:* [[Cortes de la Segunda República]] (desde 1931 -[[Segunda República Española]]-; continuaron manteniendo su existencia teórica desde 1939 -derrota de la República en la [[Guerra Civil Española]]- como institución de la [[Segunda República española en el exilio]] hasta 1977).<ref>Redactaron la [[constitución de 1931]]. Unicamerales. El nombre que en la Constitución se da a la institución es siempre ''Cortes''. Las tres legislaturas tuvieron lugar en [[Madrid]], pero la tercera legislatura (1936) se vio afectada por la Guerra Civil, que obligó a trasladar las sesiones a [[Valencia]]. Desde 1939 se siguieron reuniendo en [[Ciudad de México]].</ref>
* '''Cortes de Cádiz''' (1810-1814).Durante la [[Guerra de la Independencia]]. Redactaron la Constitución española de 1812. Se reunieron en San Fernando (Cádiz) (1810), en la propia ciudad de Cádiz (1811) y en Madrid (1814). Destacaron como representantes procedentes del valle del Jiloca:
:* [[Cortes Españolas]] (1942-1977, [[Dictadura de Francisco Franco]] y [[Transición Española]]) <ref> fue el nombre que recibió la institución durante el franquismo y los primeros años de la [[Transición Española]] hasta sustitución en las primeras [[Elecciones generales de España de 1977|elecciones democráticas de 1977]]. Aprobaron las denominadas [[Leyes Fundamentales del Reino|Leyes Fundamentales]]. La existencia de un [[Consejo Nacional del Movimiento]] mantenía una pretensión de bicameralidad.</ref>
**[[Antillón Marzo, Isidoro de]], natural de Santa Eulalia del Campo.
**[[Garcés de Marcilla, José|José Garcés y Marcilla]], regidor, Diputado por Calatayud.
**[[Martínez, Juan Francisco|Juan Francisco Martínez]], arcediano de Daroca, catedrático de Prima y de Cánones.
**[[Gonzalo, Jaime]], natural de [[Monreal del Campo]].
**[[Garcés de Marcilla, José]], diputado por la ciudad de Calatayud
 
 
* '''Cortes del Trienio Liberal''' (1820-1823). Se reunieron en Madrid, en tres legislaturas (1820, 1821 y 1822) y a causa de la intervención francesa de los Cien Mil Hijos de San Luis se trasladaron a Sevilla y Cádiz (1823). De los naturales del valle del Jiloca podemos destacar:
**[[López Quílez, Marcial Antonio]], natural de Daroca. Diputado en las Cortes de 1823
 
 
* '''Cortes del reinado de Isabel II''' (1833-1868). Todas las sesiones y legislaturas tuvieron lugar en Madrid. Las de 1833 fueron convocadas por Fernando VII según el procedimiento del Antiguo Régimen, para jurarla como princesa de Asturias, y las siguientes según las distintas constituciones de la época: Estatuto Real de 1834, reposición de la Constitución de 1812, Constitución española de 1837 y Constitución española de 1845. Introdujeron la bicameralidad. Entre los diputados podemos destacar a:
**[[Cabello Rubio, Francisco]], Natural de Torrijo del Campo, diputado en las Cortes de 1840, 1841 y 1843.
**[[Calvo Mateo, Lorenzo]], diputado en las Cortes de 1843.
**[[Rivera, Carlos]], Natural de Calamocha. Diputado en las Cortes de 1867
**[[Tomas Vicente Espejo y Giral]], natural de Calamocha. Diputado a Cortes en 1836.
 
 
* '''Cortes del Sexenio Democrático''' (1868-1874). Redactaron la Constitución española de 1869. Bicamerales. Las cortes constituyentes fueron las primeras elegidas por sufragio universal masculino directo en España. Inicialmente eligieron como forma de Estado la monarquía y posteriormente la república, aunque no llegaron a finalizar la redacción de una constitución republicana. Los diputados del valle del Jiloca fueron escasos, destacando:
**[[García Hernández, Ramón]]. Diputado en las Cortes de 1872 y 1873.
 
 
* '''Cortes de la Restauración''' (1876-1923), tras la Restauración borbónica y hasta la dictadura de Primo de Rivera. Aprobaron la Constitución española de 1876. Bicamerales. Procedentes del valle del Jiloca podemos destacar:
**[[Ballesteros Contín, Manuel]]. Tres veces diputado a Cortes por el distrito de Daroca.
**[[Beltrán Ibáñez, Adolfo]], Natural de Calamocha. Diputado en las Cortes por la circuscripción de Valencia en 1907, 1920 y 1923.
**[[Bernad Valenzuela, Justino]], natural de Navarrete del Río. Diputado en las Cortes de 1907, 1914, 1918 y 1920.
**[[Rivera Julián, Carlos]], natural de Calamocha. Diputado en las Cortes de 1881
 
 
* '''Cortes de la Segunda República''' (1931 - 1939)<ref>Redactaron la [[constitución de 1931]]. Unicamerales. Las tres legislaturas tuvieron lugar en Madrid, pero la tercera legislatura (1936) se vio afectada por la Guerra Civil, que obligó a trasladar las sesiones a Valencia. Se pueden destacar a los siguientes diputados:
**[[Iranzo Enguita, Vicente]]. Natural de Cella, diputado en las Cortes de 1931 y 1933.
**[[Francisco Azorín Izquierdo|Azorín Izquierdo, Francisco]]. Natural de Monforte de Moyuela, diputado en las Cortes de 1931 por la provincia de Córdoba, donde se había afincado.
 
 
* '''Cortes Españolas''' (1942-1977). Fue el nombre que recibió la institución durante el franquismo y los primeros años de la Transición Española hasta sustitución en las primeras Elecciones generales de 1977. Aprobaron las denominadas Leyes Fundamentales del Reino. Se pueden destacar a los siguientes diputados vinculados a nuestra tierra:
**[[Navarro Rubio, Mariano]]. Natural de Burbáguena. Diputado en las Cortes de 1946, 1949, 1955, 1958, 1961, 1964 y 1967.


{{VT|Historia del constitucionalismo español|Anexo:Textos constitucionales españoles}}


*[[Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación Portuguesa]], Cortes constituyentes de 1820 o ''Cortes vintistas''.
*'''Cortes Generales''' (desde 1978). Órgano constitucional del Reino de España constituido y regulado en el Título Tercero de la Constitución española de 1978. Son las representantes del Pueblo español. Configuración bicameral asimétrica. Procedentes del valle del Jiloca podemos destacar a:
**[[Lanzuela Marina, Santiago]]. Nacido en Cella y diputado en las Cortes de 1999,2003 y 2007.
**[[Cortés Bureta, Pilar]] Natural de Fuentes de Jiloca, diputada en las Cortes de 2011 y 2015.

Revisión actual - 15:52 21 dic 2015

La intervención de los políticos del valle del Jiloca en la política nacional se realizó a través de los poderes ejecutivo y legislativo. Unos participaron en las instituciones políticas que emanaban del estado, mientras que otro fueron representantes políticos elegidos a partir de 1808 en las sucesivas Cortes Españolas.

Poder ejecutivo. La Corona y el gobierno

Durante el Antiguo Régimen, la Corona siempre se reservó el derecho a nombrar a determinados cargos públicos aragoneses (virrey, fiscales, baile, etc.), determinados cargos en la corte madrileña y, sobre todo, en las colonias americanas. Algunos vecinos del valle del Jiloca ejercieron importantes cargos dentro del Estado, como por ejemplo:


A partir de 1808, vinculados a los partidos politicos y a los sucesivos gobiernos nacionales, también podemos destacar a:


Poder legislativo. Cortes Españolas

Busto de Mariano Rubio en Daroca

Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las instituciones parlamentarias.



  • Cortes del Trienio Liberal (1820-1823). Se reunieron en Madrid, en tres legislaturas (1820, 1821 y 1822) y a causa de la intervención francesa de los Cien Mil Hijos de San Luis se trasladaron a Sevilla y Cádiz (1823). De los naturales del valle del Jiloca podemos destacar:


  • Cortes del reinado de Isabel II (1833-1868). Todas las sesiones y legislaturas tuvieron lugar en Madrid. Las de 1833 fueron convocadas por Fernando VII según el procedimiento del Antiguo Régimen, para jurarla como princesa de Asturias, y las siguientes según las distintas constituciones de la época: Estatuto Real de 1834, reposición de la Constitución de 1812, Constitución española de 1837 y Constitución española de 1845. Introdujeron la bicameralidad. Entre los diputados podemos destacar a:


  • Cortes del Sexenio Democrático (1868-1874). Redactaron la Constitución española de 1869. Bicamerales. Las cortes constituyentes fueron las primeras elegidas por sufragio universal masculino directo en España. Inicialmente eligieron como forma de Estado la monarquía y posteriormente la república, aunque no llegaron a finalizar la redacción de una constitución republicana. Los diputados del valle del Jiloca fueron escasos, destacando:


  • Cortes de la Restauración (1876-1923), tras la Restauración borbónica y hasta la dictadura de Primo de Rivera. Aprobaron la Constitución española de 1876. Bicamerales. Procedentes del valle del Jiloca podemos destacar:


  • Cortes de la Segunda República (1931 - 1939)<ref>Redactaron la constitución de 1931. Unicamerales. Las tres legislaturas tuvieron lugar en Madrid, pero la tercera legislatura (1936) se vio afectada por la Guerra Civil, que obligó a trasladar las sesiones a Valencia. Se pueden destacar a los siguientes diputados:


  • Cortes Españolas (1942-1977). Fue el nombre que recibió la institución durante el franquismo y los primeros años de la Transición Española hasta sustitución en las primeras Elecciones generales de 1977. Aprobaron las denominadas Leyes Fundamentales del Reino. Se pueden destacar a los siguientes diputados vinculados a nuestra tierra:
    • Navarro Rubio, Mariano. Natural de Burbáguena. Diputado en las Cortes de 1946, 1949, 1955, 1958, 1961, 1964 y 1967.


  • Cortes Generales (desde 1978). Órgano constitucional del Reino de España constituido y regulado en el Título Tercero de la Constitución española de 1978. Son las representantes del Pueblo español. Configuración bicameral asimétrica. Procedentes del valle del Jiloca podemos destacar a: