Diferencia entre revisiones de «Cortes Españolas»

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== Cortes Españolas ==
== Cortes Españolas ==
Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las instituciones parlamentarias.


* '''Cortes de Cádiz''' (1810-1814).Durante la [[Guerra de la Independencia Española|Guerra de Independencia]]. Redactaron la Constitución española de 1812. Se reunieron en San Fernando (Cádiz) (1810), en la propia ciudad de Cádiz (1811) y en Madrid (1814).  
* '''Cortes de Cádiz''' (1810-1814).Durante la [[Guerra de la Independencia Española|Guerra de Independencia]]. Redactaron la Constitución española de 1812. Se reunieron en San Fernando (Cádiz) (1810), en la propia ciudad de Cádiz (1811) y en Madrid (1814). Destacaron como representantes procedentes del valle del Jiloca:
**[[Antillón Marzo, Isidoro de]], natural de Santa Eulalia del Campo.
**[[Garcés de Marcilla, José|José Garcés y Marcilla]], regidor, Diputado por Calatayud.
**[[Martínez, Juan Francisco|Juan Francisco Martínez]], arcediano de Daroca, catedrático de Prima y de Cánones.
**[[Gonzalo, Jaime]], natural de [[Monreal del Campo]].
**[[Garcés de Marcilla, José]], diputado por la ciudad de Calatayud


* '''Cortes del Trienio Liberal''' (1820-1823). Se reunieron en Madrid, en tres legislaturas (1820, 1821 y 1822) y a causa de la intervención francesa de los Cien Mil Hijos de San Luis se trasladaron a Sevilla y Cádiz (1823). De los naturales del valle del Jiloca podemos destacar:
**[[López Quílez, Marcial Antonio]], natural de Daroca. Diputado en las Cortes de 1823


* Cortes del Trienio Liberal (1820-1823). Se reunieron en Madrid, en tres legislaturas (1820, 1821 y 1822) y a causa de la intervención francesa de los Cien Mil Hijos de San Luis se trasladaron a Sevilla y Cádiz (1823).
* '''Cortes del reinado de Isabel II''' (1833-1868). Todas las sesiones y legislaturas tuvieron lugar en Madrid. Las de 1833 fueron convocadas por Fernando VII según el procedimiento del Antiguo Régimen, para jurarla como princesa de Asturias, y las siguientes según las distintas constituciones de la época: Estatuto Real de 1834, reposición de la Constitución de 1812, Constitución española de 1837 y Constitución española de 1845. Introdujeron la bicameralidad.  


* Cortes del reinado de Isabel II (1833-1868). Todas las sesiones y legislaturas tuvieron lugar en Madrid. Las de 1833 fueron convocadas por Fernando VII según el procedimiento del Antiguo Régimen, para jurarla como princesa de Asturias, y las siguientes según las distintas constituciones de la época: Estatuto Real de 1834, reposición de la Constitución de 1812, Constitución española de 1837 y Constitución española de 1845. Introdujeron la bicameralidad.


* [[Cortes del Sexenio Democrático]] (1868-1874, [[Sexenio Democrático]]).<ref>Redactaron la [[Constitución española de 1869]]. Bicamerales. Las cortes constituyentes fueron las primeras elegidas por sufragio universal masculino directo en España. Inicialmente eligieron como forma de Estado la monarquía ([[Amadeo I de Saboya]]), y posteriormente la república ([[Primera República Española]]), aunque no llegaron a finalizar la redacción de una constitución republicana.</ref><ref>La Constitución las denomina siempre ''Cortes'', y a veces, para referirse a la bicameralidad, utiliza la expresión ''Cuerpos Colegisladores''. A la institución que la ha redactado se denomina ''Cortes constituyentes''.</ref>
* '''Cortes del Sexenio Democrático''' (1868-1874). Redactaron la Constitución española de 1869. Bicamerales. Las cortes constituyentes fueron las primeras elegidas por sufragio universal masculino directo en España. Inicialmente eligieron como forma de Estado la monarquía y posteriormente la república, aunque no llegaron a finalizar la redacción de una constitución republicana.
:* [[Cortes de la Restauración]] (1876-1923, tras la [[Restauración borbónica en España]] y hasta la [[dictadura de Primo de Rivera]]).<ref>Aprobaron la [[Constitución española de 1876]]. Bicamerales. El nombre que se da a la institución es siempre ''Cortes'' (Título II: ''De las Cortes''), excepto en el preámbulo, donde, para referirse a las que la han aprobado (''en unión y de acuerdo'' con él) las llama ''Cortes del Reino actualmente reunidas''.</ref>
 
:* [[Cortes de la Segunda República]] (desde 1931 -[[Segunda República Española]]-; continuaron manteniendo su existencia teórica desde 1939 -derrota de la República en la [[Guerra Civil Española]]- como institución de la [[Segunda República española en el exilio]] hasta 1977).<ref>Redactaron la [[constitución de 1931]]. Unicamerales. El nombre que en la Constitución se da a la institución es siempre ''Cortes''. Las tres legislaturas tuvieron lugar en [[Madrid]], pero la tercera legislatura (1936) se vio afectada por la Guerra Civil, que obligó a trasladar las sesiones a [[Valencia]]. Desde 1939 se siguieron reuniendo en [[Ciudad de México]].</ref>
 
:* [[Cortes Españolas]] (1942-1977, [[Dictadura de Francisco Franco]] y [[Transición Española]]) <ref> fue el nombre que recibió la institución durante el franquismo y los primeros años de la [[Transición Española]] hasta sustitución en las primeras [[Elecciones generales de España de 1977|elecciones democráticas de 1977]]. Aprobaron las denominadas [[Leyes Fundamentales del Reino|Leyes Fundamentales]]. La existencia de un [[Consejo Nacional del Movimiento]] mantenía una pretensión de bicameralidad.</ref>
* '''Cortes de la Restauración''' (1876-1923), tras la Restauración borbónica y hasta la dictadura de Primo de Rivera.Aprobaron la Constitución española de 1876. Bicamerales.  
 
 
* '''Cortes de la Segunda República''' (1931 - 1939)<ref>Redactaron la [[constitución de 1931]]. Unicamerales. Las tres legislaturas tuvieron lugar en Madrid, pero la tercera legislatura (1936) se vio afectada por la Guerra Civil, que obligó a trasladar las sesiones a Valencia.  
 
 
* '''Cortes Españolas''' (1942-1977). Fue el nombre que recibió la institución durante el franquismo y los primeros años de la Transición Española hasta sustitución en las primeras Elecciones generales de 1977. Aprobaron las denominadas Leyes Fundamentales del Reino.  
 
 
*'''Cortes Generales''' (desde 1978). Órgano constitucional del Reino de España constituido y regulado en el Título Tercero de la Constitución española de 1978. Son las representantes del Pueblo español. Configuración bicameral asimétrica.


{{VT|Historia del constitucionalismo español|Anexo:Textos constitucionales españoles}}


*[[Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación Portuguesa]], Cortes constituyentes de 1820 o ''Cortes vintistas''.




Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las confrontaciones.


En las primeras Cortes celebradas en Cadiz (1810-1814) destacaron:
*[[Antillón Marzo, Isidoro de]], natural de Santa Eulalia del Campo.
*[[Garcés de Marcilla, José|José Garcés y Marcilla]], regidor, Diputado por Calatayud.
*[[Martínez, Juan Francisco|Juan Francisco Martínez]], arcediano de Daroca, catedrático de Prima y de Cánones.
*[[Gonzalo, Jaime]], natural de [[Monreal del Campo]].
*[[Garcés de Marcilla, José]], diputado por la ciudad de Calatayud
*[[Calvo Mateo, Lorenzo]], diputado en las Cortes de 1843.
*[[Calvo Mateo, Lorenzo]], diputado en las Cortes de 1843.


Conocemos los nombres de otros diputados de los siglos XIX y XX:
Conocemos los nombres de otros diputados de los siglos XIX y XX:
*[[López Quílez, Marcial Antonio]], natural de Daroca. Diputado en las Cortes de 1823
 
*[[García Hernández, Ramón]]. Diputado en las Cortes de 1872 y 1873.
*[[García Hernández, Ramón]]. Diputado en las Cortes de 1872 y 1873.
*[[Rivera Julián, Carlos]], natural de Calamocha. Diputado en las Cortes de 1881
*[[Rivera Julián, Carlos]], natural de Calamocha. Diputado en las Cortes de 1881

Revisión del 17:33 1 abr 2013

La Corona siempre se reservó el derecho a nombrar a determinados cargos públicos aragoneses (virrey, fiscales, baile, etc.), determinados cargos en la corte madrileña y, sobre todo, en las colonias americanas. Algunos vecinos del valle del Jiloca ejercieron importantes cargos dentro del Estado, como por ejemplo:


Cortes Españolas

Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las instituciones parlamentarias.

  • Cortes del Trienio Liberal (1820-1823). Se reunieron en Madrid, en tres legislaturas (1820, 1821 y 1822) y a causa de la intervención francesa de los Cien Mil Hijos de San Luis se trasladaron a Sevilla y Cádiz (1823). De los naturales del valle del Jiloca podemos destacar:
  • Cortes del reinado de Isabel II (1833-1868). Todas las sesiones y legislaturas tuvieron lugar en Madrid. Las de 1833 fueron convocadas por Fernando VII según el procedimiento del Antiguo Régimen, para jurarla como princesa de Asturias, y las siguientes según las distintas constituciones de la época: Estatuto Real de 1834, reposición de la Constitución de 1812, Constitución española de 1837 y Constitución española de 1845. Introdujeron la bicameralidad.


  • Cortes del Sexenio Democrático (1868-1874). Redactaron la Constitución española de 1869. Bicamerales. Las cortes constituyentes fueron las primeras elegidas por sufragio universal masculino directo en España. Inicialmente eligieron como forma de Estado la monarquía y posteriormente la república, aunque no llegaron a finalizar la redacción de una constitución republicana.


  • Cortes de la Restauración (1876-1923), tras la Restauración borbónica y hasta la dictadura de Primo de Rivera.Aprobaron la Constitución española de 1876. Bicamerales.


  • Cortes de la Segunda República (1931 - 1939)<ref>Redactaron la constitución de 1931. Unicamerales. Las tres legislaturas tuvieron lugar en Madrid, pero la tercera legislatura (1936) se vio afectada por la Guerra Civil, que obligó a trasladar las sesiones a Valencia.


  • Cortes Españolas (1942-1977). Fue el nombre que recibió la institución durante el franquismo y los primeros años de la Transición Española hasta sustitución en las primeras Elecciones generales de 1977. Aprobaron las denominadas Leyes Fundamentales del Reino.


  • Cortes Generales (desde 1978). Órgano constitucional del Reino de España constituido y regulado en el Título Tercero de la Constitución española de 1978. Son las representantes del Pueblo español. Configuración bicameral asimétrica.



Conocemos los nombres de otros diputados de los siglos XIX y XX:

También podemos destacar, por su papel destacado dentro de la política: