Diferencia entre revisiones de «Cortes Españolas»

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*[[Ibáñez García, Joaquín]]. Natural de Odón, ocupó la secretaría de la embajada real en Nápoles.
*[[Ibáñez García, Joaquín]]. Natural de Odón, ocupó la secretaría de la embajada real en Nápoles.


Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las confrontaciones. En las primeras Cortes celebradas en Cadiz (1810-1814) destacaron:
 
== Cortes Españolas ==
Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las confrontaciones.  
 
En las primeras Cortes celebradas en Cadiz (1810-1814) destacaron:
*[[Antillón Marzo, Isidoro de]], natural de Santa Eulalia del Campo.
*[[Antillón Marzo, Isidoro de]], natural de Santa Eulalia del Campo.
*[[Garcés de Marcilla, José|José Garcés y Marcilla]], regidor, Diputado por Calatayud.
*[[Garcés de Marcilla, José|José Garcés y Marcilla]], regidor, Diputado por Calatayud.
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*[[Blas Ubide, Juan]], nacido en Calatayud.
*[[Blas Ubide, Juan]], nacido en Calatayud.
*[[Jimeno Velilla, Arsenio]]. Dirigente socialista natural de Fuentes de Jiloca
*[[Jimeno Velilla, Arsenio]]. Dirigente socialista natural de Fuentes de Jiloca
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:* [[Cortes de Cádiz]] (1810-1814).<ref>Durante la [[Guerra de la Independencia Española|Guerra de Independencia]]. Redactaron la [[Constitución española de 1812]]. Se reunieron en [[San Fernando (Cádiz)]] (1810), en la propia ciudad de [[Cádiz]] (1811) y en [[Madrid]] (1814).El nombre que se da a la institución es siempre ''Cortes'' (Título III: ''De las Cortes''), excepto para referirse a las que la han redactado, que nombra como ''Cortes generales y extraordinarias''- Se distinguen las ''Cortes ordinarias'' de las ''Cortes extraordinarias'' en el Capítulo XI: ''De las cortes extraordinarias''.</ref>
:* [[Cortes del Trienio]] (1820-1823, [[Trienio Liberal]]).<ref>Según la Constitución de 1812. Se reunieron en Madrid, en tres legislaturas (1820, 1821 y 1822) y a causa de la intervención francesa ([[Cien Mil Hijos de San Luis]]) se trasladaron a [[Sevilla]] y [[Cádiz]] (1823).[http://www.artehistoria.jcyl.es/histesp/contextos/6921.htm Artehistoria]</ref>
:* [[Cortes del reinado de Isabel II]] (1833-1868, [[reinado de Isabel II]]).<ref>Todas las sesiones y legislaturas tuvieron lugar en [[Madrid]]. Las de 1833 fueron convocadas por [[Fernando VII de España|Fernando VII]] según el procedimiento del Antiguo Régimen, para jurarla como princesa de Asturias, y las siguientes según las distintas constituciones de la época ([[Estatuto Real de 1834]], reposición de la Constitución de 1812, [[Constitución española de 1837]] y [[Constitución española de 1845]]). Introdujeron la [[bicameralidad]]. La denominación en el Estatuto Real es ''Cortes'' o ''Cortes generales del reino''.</ref><ref>La denominación en la Constitución de 1837 es simplemente ''Cortes'' (Título II: ''De las Cortes''), excepto en el preámbulo, que denomina ''Cortes generales'' a las que la han ''decretado y sancionado''.</ref><ref>La denominación en la Constitución de 1845 es simplemente ''Cortes'', y en el Preámbulo ''Cortes del Reino''. Las cortes de 1854, que redactaron una constitución que no llegó a entrar en vigor (la [[Constitución de 1856]]) reciben el nombre de ''Cortes Constituyentes''.</ref>
:* [[Cortes del Sexenio Democrático]] (1868-1874, [[Sexenio Democrático]]).<ref>Redactaron la [[Constitución española de 1869]]. Bicamerales. Las cortes constituyentes fueron las primeras elegidas por sufragio universal masculino directo en España. Inicialmente eligieron como forma de Estado la monarquía ([[Amadeo I de Saboya]]), y posteriormente la república ([[Primera República Española]]), aunque no llegaron a finalizar la redacción de una constitución republicana.</ref><ref>La Constitución las denomina siempre ''Cortes'', y a veces, para referirse a la bicameralidad, utiliza la expresión ''Cuerpos Colegisladores''. A la institución que la ha redactado se denomina ''Cortes constituyentes''.</ref>
:* [[Cortes de la Restauración]] (1876-1923, tras la [[Restauración borbónica en España]] y hasta la [[dictadura de Primo de Rivera]]).<ref>Aprobaron la [[Constitución española de 1876]]. Bicamerales. El nombre que se da a la institución es siempre ''Cortes'' (Título II: ''De las Cortes''), excepto en el preámbulo, donde, para referirse a las que la han aprobado (''en unión y de acuerdo'' con él) las llama ''Cortes del Reino actualmente reunidas''.</ref>
:* [[Cortes de la Segunda República]] (desde 1931 -[[Segunda República Española]]-; continuaron manteniendo su existencia teórica desde 1939 -derrota de la República en la [[Guerra Civil Española]]- como institución de la [[Segunda República española en el exilio]] hasta 1977).<ref>Redactaron la [[constitución de 1931]]. Unicamerales. El nombre que en la Constitución se da a la institución es siempre ''Cortes''. Las tres legislaturas tuvieron lugar en [[Madrid]], pero la tercera legislatura (1936) se vio afectada por la Guerra Civil, que obligó a trasladar las sesiones a [[Valencia]]. Desde 1939 se siguieron reuniendo en [[Ciudad de México]].</ref>
:* [[Cortes Españolas]] (1942-1977, [[Dictadura de Francisco Franco]] y [[Transición Española]]) <ref> fue el nombre que recibió la institución durante el franquismo y los primeros años de la [[Transición Española]] hasta sustitución en las primeras [[Elecciones generales de España de 1977|elecciones democráticas de 1977]]. Aprobaron las denominadas [[Leyes Fundamentales del Reino|Leyes Fundamentales]]. La existencia de un [[Consejo Nacional del Movimiento]] mantenía una pretensión de bicameralidad.</ref>
{{VT|Historia del constitucionalismo español|Anexo:Textos constitucionales españoles}}
*[[Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación Portuguesa]], Cortes constituyentes de 1820 o ''Cortes vintistas''.

Revisión del 17:10 1 abr 2013

La Corona siempre se reservó el derecho a nombrar a determinados cargos públicos aragoneses (virrey, fiscales, baile, etc.), determinados cargos en la corte madrileña y, sobre todo, en las colonias americanas. Algunos vecinos del valle del Jiloca ejercieron importantes cargos dentro del Estado, como por ejemplo:


Cortes Españolas

Con la Guerra de Independencia, las Cortes de Cadiz y la imposición del liberalismo, aparecieron los partidos políticos, las elecciones y las confrontaciones.

En las primeras Cortes celebradas en Cadiz (1810-1814) destacaron:

Conocemos los nombres de otros diputados de los siglos XIX y XX:

También podemos destacar, por su papel destacado dentro de la política:


Plantilla:VT