Corregimientos
Los corregimientos eran unas comarcas o distritos controlados judicial y político-administrativamente por la figura del corregidor. Estas demarcaciones tenían su origen en el reino de Castilla, pero se difundieron por Aragón a partir de 1711 tras el decreto de Nueva Planta y el fin de la Guerra de Sucesión.
Cada corregimiento, llamados también "partido", comprendía una localidad cabeza de partido, en la que tiene su residencia el corregidor y un área territorial más o menos extensa en la que hay otros entes locales menores.
El territorio del antiguo reino de Aragón, que pasa a ser una provincia en la nueva administración borbónica, quedó dividido en trece corregimientos: Zaragoza, Albarracín, Alcañiz, Barbastro, Benabarre, Borja, Calatayud, Cinco Villas, Daroca, Huesca, Jaca, Tarazona y Teruel.
En el valle del Jiloca, coincidiendo a grandes rasgos con las medievales Comunidades de Aldeas, encontramos los siguientes corregimientos:
Esta nueva división en corregimientos se mantuvo hasta el año 1835, cuando la nueva administración liberal decida suprimir los corregidores y sustituirlos, en lo judicial, por los partidos judiciales.